La ley de Reforma del IRPF, incluye como novedad la exención de las plusvalías para mayores de 65 años si su destino es la constitución de una renta vitalicia que complemente la pensión.
La nueva medida permite eximir de tributación la renta obtenida por transmitir cualquier elemento patrimonial, siempre que el importe obtenido, con el límite máximo de 240.000Euros, se reinvierta en la constitución de rentas vitalicias que complementen la pensión en el plazo máximo de seis meses desde que se produzca dicha alteración patrimonial.
CASO PRÁCTICO
Persona de 70 años de edad que decide vender su inmueble.
Importe de la venta: 240.000 Euros
Renta mensual: 1.000 Euro
La renta anual será de 12.000 Euros, de los cuales sólo estarán afectos al I.R.P.F el 8%, es decir 960 Euros al año. De los cuales deberá pagar un 19%, lo que supone 182,40 Euros (lo que supone 15,20 Euros mensuales).
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FOLLETO RENTA VITALICIA ASEGURADA
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